Articulo 15 Normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas
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»Norma 15.ª Rectángulo de Identificación.
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El rectángulo de identificación será de material plástico y sobre fondo negro o azul oscuro, con el borde biselado en blanco, y llevará en letras mayúsculas de color blanco la inscripción del nombre por el cual se identifica a la persona que lo porta. El rectángulo tendrá unas dimensiones de 16 por 81 milímetros, con el borde biselado en blanco de 1 milímetro.
Se situará en la zona «B» del uniforme. Será preceptivo en todas las modalidades de los uniformes de especial relevancia, diario y trabajo, excepto en aquellas comisiones y actos militares y sociales que la autoridad competente estipule lo contrario.
