Articulo 15 notificación ...ercantiles

Articulo 15 notificación y traslado en los Estados miembros de documento judiciales y extrajudiciales civiles o mercantiles

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Artículo 15. Solicitud directa de notificación o traslado

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Cualquier persona interesada en un proceso judicial podrá efectuar la notificación o traslado de documentos judiciales directamente por medio de los agentes judiciales, funcionarios u otras personas competentes del Estado miembro requerido, cuando tal notificación o traslado directos estén permitidos conforme al Derecho interno de ese Estado miembro.