Articulo 15 Presupuestos 2008 Madrid

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Artículo 15. Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid.

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1. No podrán realizarse transferencias de crédito, cualquiera que sea el programa afectado, que minoren los subconceptos 4630 Fondo Regional de Cooperación Municipal, 6290 Inversiones directas en Planes Municipales (PRISMA), y 7630 Transferencias a Corporaciones Locales (PRISMA), y el concepto 650 Convenios colaboración PRISMA, salvo que vayan destinadas a incrementar cualquiera de los citados concepto y subconceptos del mismo o de otros programas presupuestarios.

2. Durante el año 2008 las transferencias que se realicen entre los citados concepto y subconceptos no estarán sujetas a las limitaciones previstas en el artículo 64.1 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.