Articulo 15 Presupuestos 2012 Aragón

Articulo 15 Presupuestos 2012 Aragón

Ver Indice
»

Artículo 15.-Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Corresponde al Consejero de Hacienda y Administración Pública acordar la autorización de gastos de carácter plurianual, en los supuestos regulados en los apartados 2.b) y 2.e) del artículo 41 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, cualquiera que sea el número y porcentaje de gasto de las anualidades, salvo que afecten a gastos por operaciones de capital. Corresponde al Gobierno de Aragón acordar la autorización en los demás supuestos contenidos en el citado artículo.

2. En los mismos términos y supuestos del párrafo anterior, corresponderá al Consejero de Hacienda y Administración Pública y al Gobierno de Aragón, respectivamente, la autorización de aquellos gastos que se tramiten anticipadamente para el ejercicio inmediato siguiente.

3. Corresponde al Consejero de Hacienda y Administración Pública la autorización del gasto de ejercicios futuros en aquellos supuestos no recogidos en los apartados anteriores.

4. La modificación de gastos plurianuales ya autorizados, como consecuencia de revisiones de precios con referencia a un indicador oficial previstas en el contrato inicial, requerirá únicamente la comunicación al Departamento de Hacienda y Administración Pública para su toma de conocimiento.