Articulo 15 Presupuestos 2018 La Rioja
Artículo 15. Competencias.
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La competencia para la aprobación de las modificaciones presupuestarias se ajustará a lo dispuesto en la Ley 11/2013, con las siguientes especificidades:
1. Corresponderá al consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente la competencia para generar crédito derivado de los ingresos referentes a gastos financiados totalmente por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía, siempre que exista un compromiso firme de aportación de crédito superior al ingreso presupuestado. La generación podrá producirse en cualquier momento del año, aun cuando dichos ingresos se hayan producido en ejercicios anteriores, siempre que esté constatado el ingreso y que la consiguiente ejecución del gasto se vaya a producir durante el ejercicio 2018.
2. Corresponderán al consejero con competencias en materia de Hacienda las transferencias que se realicen dentro del superproyecto de gastos Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
3. El Consejo de Gobierno autorizará los créditos extraordinarios y suplementos de crédito para atender obligaciones de ejercicios anteriores u obligaciones del ejercicio corriente cuando se financien con baja en otros créditos del presupuesto.

