Articulo 15 Programa para el Mercado Único -mercado interior, competitividad de las empresas, vegetales, animales, alimentos y piensos, y estadísticas-
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»Artículo 15. Operaciones de financiación mixta
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Las operaciones de financiación mixta decididas en el marco del Programa se ejecutarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/523 y con el título X del Reglamento Financiero.
