Articulo 15 régimen especial de Arán

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Artículo 15. Disposiciones generales

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El Consejo General de Arán debe orientar las políticas públicas de acuerdo con los principios rectores que establecen el Estatuto de autonomía de Cataluña y la presente ley y, en el ejercicio de sus competencias, debe promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar su plena eficacia.