Articulo 15 Régimen orgán...lla y León

Articulo 15 Régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Castilla y León

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Artículo 15.- Colaboración.

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1.- Para la realización de los trabajos, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa podrá recabar de los diversos órganos directivos de la Administración afectados, los documentos, antecedentes e informes que se precisen, salvo que tengan carácter secreto o reservado.

2.- Para el ejercicio de sus funciones, los miembros de la Junta Consultiva podrán contar con los asesoramientos técnicos oportunos.