Articulo 15 Reglamento de desarrollo de la Ley Foral de Servicios Sociales en materia de Programas y Financiación de los Servicios Sociales de Base
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»Artículo 15. Coste estimado de los programas.
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1. El coste estimado para los cuatro programas en cada unidad de financiación es el del equipo mínimo interprofesional aprobado reglamentariamente para su estrato de población.
2. El coste del equipo mínimo interprofesional se calculará en función del salario base y complementos del puesto equivalente para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
