Articulo 15 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogado-
Artículo 15. Planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales.
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1. Los sujetos pasivos podrán someter a la Administración tributaria un plan de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales.
2. La solicitud deberá contener los siguientes datos:
a) Descripción de las obligaciones del sujeto pasivo o compromisos adquiridos por el mismo para prevenir o reparar daños sobre el medio ambiente.
b) Descripción técnica y justificación de la necesidad de la actuación a realizar.
c) Importe estimado de los gastos correspondientes a la actuación medioambiental y justificación de ese importe.
d) Criterio de imputación temporal del importe estimado de los gastos correspondientes a la actuación medioambiental y justificación del mismo.
e) Fecha de inicio de la actuación medioambiental.
3. La solicitud de estos planes se formulará por el sujeto pasivo al Departamento de Economía y Hacienda con anterioridad al transcurso del plazo de tres meses siguientes a la fecha de nacimiento de la obligación o compromiso de la actuación medioambiental.
