Articulo 15 Reglamento Ma... de Madrid

Articulo 15 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

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Artículo 15. Creación de categorías

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1. Los criterios de creación de categorías son los siguientes:

a) La categoría de Comisario o Comisaria principal será obligatoria en los municipios que superen 300.000 habitantes o cuenten con más de 300 efectivos de plantilla policial, pudiéndose crear en aquellos de población superior a 200.000 habitantes o que cuenten con más de 250 efectivos de plantilla policial.

b) La categoría de Comisario o Comisaria será obligatoria en los municipios que superen 150.000 habitantes, cuenten con más de 175 efectivos de plantilla policial o les resulte de aplicación el régimen de organización de los municipios de gran población establecido en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pudiéndose crear en aquellos de población superior a 120.000 habitantes o que cuenten con más de 120 efectivos de plantilla policial.

c) La categoría de Intendente será obligatoria en los municipios que superen 80.000 habitantes o se les aplique el régimen de organización de los municipios de gran población establecido en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pudiéndose crear en aquellos de población superior a 50.000 habitantes o que cuenten con más de 65 efectivos de plantilla policial.

d) La categoría de Inspector o Inspectora será obligatoria en los municipios que superen 35.000 habitantes o cuenten con más de 50 efectivos de plantilla policial, pudiéndose crear en aquellos de población superior a 15.000 habitantes.

e) La categoría de Subinspector o Subinspectora será obligatoria en los municipios que cuenten con más de 15 efectivos de plantilla policial.

f) La categoría de Oficial será obligatoria en los municipios con plantilla policial.

2. Para la creación voluntaria de la categoría superior a la existente en el Cuerpo de policía local será necesario el informe preceptivo de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales.