Artículo 15 Reglamento Orgánico del Tribunal Administrativo de Navarra
Ver Indice
»Artículo 15. Sustitución de la secretaría.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, las funciones de secretaría serán transitoriamente desempeñadas por la persona que al efecto designe el órgano competente del Gobierno de Navarra.

