Articulo 15 Reglamento de...de Policia

Articulo 15 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia

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Artículo 15.

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1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano convocante o el que señale la convocatoria aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el "Boletín Oficial de Navarra", con la indicación de que dentro de los diez días hábiles siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el órgano a que se refiere el apartado anterior aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el "Boletín Oficial de Navarra".

3. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Entre la publicación de la convocatoria y la fecha de comienzo de las pruebas deberán transcurrir, al menos, dos meses.