Articulo 15 Reglas para e...de indulto

Articulo 15 Reglas para el ejercicio de la gracia de indulto

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Artículo 15.

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Serán condiciones tácitas de todo indulto:

1.ª Que no cause perjuicio a tercera persona, o no lastime sus derechos.

2.ª Que haya sido oída la parte ofendida, cuando el delito por que hubiese sido condenado el reo fuere de los que solamente se persiguen a instancia de parte.