Artículo 15 regulación de...de Euskadi

Artículo 15 regulación del Foro de Urbanismo y Vivienda de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 15. Gastos.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1.- Los gastos de funcionamiento del Foro serán con cargo a los créditos presupuestarios del Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de vivienda.

2.- La pertenencia al Foro no dará lugar a retribución alguna.

3.- Las personas externas que participen en las actividades del Foro tendrán derecho a percibir las compensaciones por los gastos en que incurrieren como consecuencia de su participación en dichas actividades, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.