Articulo 15 el que se reg...xtremadura

Articulo 15 el que se regulan los apartamentos turisticos de la Comunidad Autonoma de Extremadura

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Artículo 15. Superficies mínimas.

Vigente

1. Las superficies de los apartamentos dependerán de las dependencias que lo conformen. Los apartamentos integrados por salóncomedor, un dormitorio, un cuarto de baño o aseo y una cocina deberán contar como mínimo con las siguientes dimensiones:

CATEGORÍAPRIMERASEGUNDATERCERACUARTA
Hab. Doble (m²)13121110
Hab. Sencilla (m²)876,56
Salón-comedor (m²)14131110
Cocina (independiente)SISINONO
Baño (m²)54,544

2. Los apartamentos tipo estudio son aquellas unidades de alojamiento de capacidad máxima para dos personas, compuestas por una única estancia salón-comedor-dormitorio, una cocina (integrada o no en esta dependencia) y un cuarto de baño con las siguientes dimensiones:

CATEGORÍAPRIMERASEGUNDATERCERACUARTA
Salón-Comedor-Dormitoria (m²)24221817
Baño (m²)54,53,53,5
Cocina (independiente) (m²)4322