Artículo 15 se regulan los símbolos de la Comunidad Autónoma, así como su utilización
Ver Indice
»Artículo 15.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El blasón de Castillay León no podrá utilizarse por entidades públicas ni privadas fuera de los supuestos contemplados en los artículos 13 y 14 del presente Decreto.
