Artículo 15 sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 517/2014 de 16 de Abr
Artículo 15. Transferencia y autorización de derechos de producción para la racionalización industrial
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1. A efectos de la racionalización industrial dentro de un Estado miembro, los productores podrán transferir total o parcialmente sus derechos de producción a cualquier otra empresa de dicho Estado miembro, siempre que se respeten los niveles calculados de producción de las Partes en el Protocolo. Las transferencias serán aprobadas por la Comisión y las autoridades competentes pertinentes y se realizarán a través del portal de gases fluorados.
2. A efectos de racionalización industrial entre los Estados miembros, la Comisión, de acuerdo tanto con la autoridad competente del Estado miembro donde tenga lugar la producción pertinente de un productor como con la autoridad competente del Estado miembro en el que, en virtud del Protocolo, se disponga de niveles calculados de producción excedentarios, podrá autorizar a dicho productor, a través del portal de gases fluorados, a que sobrepase de una cantidad determinada sus derechos de producción a que se refiere el artículo 14, apartado 3, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el Protocolo.
3. La Comisión, de acuerdo tanto con la autoridad competente del Estado miembro donde tenga lugar la producción pertinente por parte de un productor como con la autoridad competente del tercer país Parte interesado, podrá autorizar a un productor a combinar los derechos de producción a que se refiere el artículo 14 con los niveles calculados de producción autorizados a un productor de un tercer país Parte en virtud del Protocolo y el Derecho nacional de ese productor a efectos de racionalización industrial con un tercer país Parte, siempre que la producción combinada de los dos productores no dé lugar a que se excedan los niveles calculados de producción de las dos Partes del Protocolo y se respete todo Derecho nacional pertinente.
