Articulo 15 Tasas y Precios Públicos
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Artículo 15. Infracciones y sanciones.

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La calificación y régimen jurídico de las infracciones tributarias en relación con las tasas de la Comunidad, y la imposición de las correlativas sanciones, se regirá por lo establecido en la normativa tributaria general.

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  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-01-2002