Articulo 15 Turismo de la... de Murcia

Articulo 15 Turismo de la Región de Murcia

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Artículo 15. Clasificación de los establecimientos hoteleros.

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1. Los establecimientos hoteleros se dividirán en los siguientes grupos:

  • Grupo primero: Hoteles.

  • Grupo segundo: Hoteles-apartamentos.

  • Grupo tercero: Pensiones.

2. Reglamentariamente se establecerá la clasificación de cada uno de los citados grupos de establecimientos hoteleros, en atención a su categoría.