Articulo 150 Hacienda Pública
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Artículo 150. Auditoría de cumplimiento.

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La Intervención General realizará la auditoría de cumplimiento de aquellos órganos y entidades del sector público que se incluyan en el Plan anual de Auditorías, y comprenderá la verificación selectiva de la adecuación a la legalidad de la gestión presupuestaria, de contratación, personal, ingresos y gestión de subvenciones, así como de cualquier otro aspecto de la actividad económico-financiera de las entidades auditadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2006 en vigor desde 01-01-2008