Articulo 150 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística
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Artículo 150. Motivación de las quejas

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Las quejas se pueden fundamentar en cualquier deficiencia que hayan apreciado los usuarios de servicios turísticos en la prestación o utilización de estos.

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  • Texto Original. Publicado el 18-04-2015 en vigor desde 19-04-2015