Articulo 150 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
- El Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del CGPJ, incluido en el Acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, establece que las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 3.ª) de 10 y 19 de julio de 2013 han declarado nulos los arts. 24.4, 37, 41, 42, 84, 192.1, 210.5, 228, 230.2, 272.6, 289, 326.1.h) y 326.1.i) y la D.T. 6ª del presente Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.
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»Artículo 150.
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Si se advirtiese algún error en las plazas anunciadas en el concurso, se iniciará de nuevo el plazo de quince días para la presentación de nuevas instancias, que afectará únicamente a la plaza o plazas rectificadas.
Dicho plazo comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la corrección.
