Articulo 150 Reglamento del Registro Mercantil
Ver Indice
»Artículo 150. Aceptación de la delegación.
Vigente
La inscripción del acuerdo de delegación de facultades del Consejo de Administración y del nombramiento de los Consejeros Delegados o de los miembros de la Comisión Ejecutiva no podrá practicarse en tanto no conste la aceptación de las personas designadas para desempeñar dichos cargos.

