Articulo 1502 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
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»Artículo 150-2.- Mínimo exento.
Vigente
(NOTA: Artículo con efectos desde el 1 de enero de 2023)
En el supuesto de obligación personal por el Impuesto sobre el Patrimonio, la base imponible se reducirá, en concepto de mínimo exento, en 700.000 euros.
Modificaciones
- Modificación realizada (150-2) por LEY 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
(BOA de 29-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Artículo modificado por LEY 10/2015, de 28 de diciembre, de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
(BOA de 30-12-2015) en vigor desde 30-12-2015