Articulo 1507 Código civil
Ver Indice
»Artículo 1507
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Tendrá lugar el retracto convencional cuando el vendedor se reserve el derecho de recuperar la cosa vendida, con obligación de cumplir lo expresado en el artículo 1518 y lo demás que se hubiese pactado.
