Articulo 151 Hacienda y Sector Público
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»Artículo 151. Compromiso de gasto.
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1. El compromiso de gasto es el acto que determina, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de un gasto previamente autorizado por un importe determinado o determinable.
2. El compromiso tiene relevancia jurídica para con terceros vinculando a la Administración a la realización del gasto a que se refiere en la cuantía y condiciones establecidas en cada caso.
