Articulo 151 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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»Artículo 151. Informe de impacto de género de las ofertas de empleo público
Vigente
Las ofertas de empleo público exigirán la elaboración, con carácter previo a ser trasladadas a la comisión de personal, de un informe de impacto de género que será emitido por el órgano competente en materia de igualdad, con la finalidad de detectar situaciones de desventaja particular entre mujeres y hombres con relación a la oferta de los distintos cuerpos, escalas o categorías incluidos en la misma.
El citado informe no será vinculante.