Articulo 151 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 151.- Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los servicios y actuaciones administrativas conducentes a la obtención de la calificación ambiental de actividades sometidas a licencia ambiental de actividades clasificadas.
