Articulo 151 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo
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»Artículo 151. Memoria justificativa
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1. La memoria justificativa es el documento en el que se establecen las conclusiones de la información urbanística, obtenida, principalmente, de las determinaciones establecidas en el Plan básico autonómico, y se justifican los parámetros utilizados para la clasificación del suelo y el contenido de las determinaciones del plan básico municipal.
2. El documento de la memoria se estructurará en las siguientes partes:
a) Parte I. Información.
b) Parte II. Justificación.
c) Parte III. Anexo de síntesis: documento que expresará, en términos precisos y con una extensión proporcionada, la finalidad y los contenidos fundamentales del plan.
