Articulo 151 Tasas y Precios Públicos de C. León
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»Artículo 151. Hecho Imponible.
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Constituye el hecho imponible de esta tasa la participación en las pruebas o exámenes para la obtención de la habilitación como Guía de Turismo de Castilla y León, en las modalidades Regional y Provincial, incluida en su caso la expedición del carné profesional.
