Artículo 151 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 151.- Cuota.
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La cuantía de la tasa será:
- Por la expedición de la licencia de pesca de superficie con cinco años de validez: 18,31 euros.
- Por la expedición de la licencia de pesca submarina con un año de validez: 18,31 euros.
