Articulo 152 Agraria de I. Balears
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»Artículo 152. Principio de participación de las administraciones públicas competentes en materia agraria en las políticas generales de formación, investigación, desarrollo, innovación y estadística
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Las administraciones públicas competentes en materia agraria participarán en todos los procesos de elaboración y aprobación de las políticas públicas en materia de formación, investigación, desarrollo, innovación y estadística que afecten o puedan afectar a los sectores agrario y agroalimentario.
