Articulo 152 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
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»Artículo 152.
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1. En el método de división por cabida o en su variante para montes medios, habrá que decidir si las cortas a hecho, o a matarrasa, serán anuales o intermitentes.
Para llegar a esta decisión se tendrán en cuenta, entre otros factores, los siguientes:
El tamaño del cuartel.
La calidad de la estación y consecuentemente las producciones previsibles.
Las repercusiones sobre el medio y el paisaje dependientes del tamaño de los tranzones.
Las condiciones de saca.
Las posibilidades de acotamiento al ganado.
El interés de la propiedad.
2. En los métodos de ordenación de montes medios, la rotación de las cortas de la resalvía coincidirá con el turno de la sarda.
