Articulo 152 Ganaderia
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»Artículo 152. Clases de sanciones.
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Por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley podrán imponerse las sanciones de multa, suspensión temporal de la actividad, inhabilitación para obtener subvenciones públicas y retirada del reconocimiento como veterinario habilitado.
