Artículo 152. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 152.
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Se modifica el apartado 5 del artículo 12 de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana, quedando redactado como sigue:
«Artículo 12. Declaración de interés social a instancia de las personas beneficiarias
[...]
5. El Consell Assessor del Mecenatge elevará, una vez efectuada la evaluación de la solicitud de la declaración de interés social, la propuesta correspondiente, que será en todo caso motivada, a la secretaria autonómica competente en materia de cultura, que emitirá una resolución de conformidad con la propuesta mencionada.
Transcurrido el plazo de 6 meses desde la fecha del último día de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que se haya acogido, sin que haya recaído resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud de declaración de interés social, en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
[...]»

