Articulo 152 Medidas 2022 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 152
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Se modifica la disposición adicional tercera del anexo del Decreto legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana, que queda redactada así:
Disposición adicional tercera
El Consell aprobará, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Reglamento del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.
Asimismo, el Consell establecerá reglamentariamente el procedimiento para posibilitar la presentación de documentos inscribibles en el Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana, a través de medios telemáticos o en soporte informático, de forma directa o a través de encomienda de gestión o acuerdos de colaboración con otros organismos.
