Artículo 152. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 152. Claustro del centro.
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1. El Claustro del centro asociado es el órgano de representación y participación de la comunidad universitaria del centro.
2. El reglamento de organización y funcionamiento del centro determinará su composición, garantizando la representación de los distintos sectores de la comunidad universitaria.
3. El Claustro del centro asociado conocerá y debatirá sobre la gestión del centro y las líneas generales de actuación en los distintos ámbitos de la vida universitaria.
