Articulo 152 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 152. Formulación de los proyectos de urbanización
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Los proyectos de urbanización se formularán de acuerdo con los plazos previstos en el planeamiento que los contemple, de acuerdo con el procedimiento que establecen los artículos 72 y 80 de la LOUS.
