Articulo 153 Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
Ver Indice
»Artículo 153. Incompatibilidades.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los militares profesionales están sometidos al régimen general sobre incompatibilidades establecido para el personal al servicio de las Administraciones públicas y adaptado reglamentariamente a la estructura y funciones específicas de las Fuerzas Armadas.
