Articulo 153 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 153. -Diligencias en el control financiero de subvenciones.
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A tenor de lo indicado en el artículos 45 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, cuando en el ejercicio del control financiero de subvenciones mediante procedimientos de auditoría, se ponga de manifiesto la necesidad de iniciar expediente de reintegro de subvenciones u otros hechos relevantes se plasmarán en diligencias, en las que se indicarán las circunstancias de su motivación, antecedentes y datos identificativos, importe a reintegrar, en su caso, y cualquier otra información que aporte claridad al expediente.
