Artículo 154. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra
Artículo 154. Formulario para una solicitud de asistencia judicial
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1. Las solicitudes de asistencia judicial se efectuarán utilizando el formulario normalizado que figura en el anexo 15.
2. El Comité Especializado en Circulación de Personas podrá modificar el formulario del anexo 15 según sea necesario.
3. El Comité Especializado en Circulación de Personas adoptará cualquier modificación del formulario del anexo 15 que sea necesaria para reflejar los cambios introducidos en el formulario para las solicitudes de asistencia judicial entre el Reino Unido y los Estados miembros en virtud del Acuerdo de Comercio y Cooperación.
4. El Comité Especializado en Circulación de Personas también podrá comprometerse a establecer un formulario normalizado para las notificaciones como las mencionadas en el artículo 3, apartado 2, del tercer Protocolo adicional al Convenio Europeo de Asistencia Judicial. El Comité Especializado en Circulación de Personas podrá modificar dicho formulario normalizado para las notificaciones según sea necesario.
