Articulo 154 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 154.
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1. En el método del tramo móvil, la noción de período de regeneración pierde sentido, ya que cada rodal incluido en el tramo móvil puede tener su propio plazo para regenerarse. Consecuentemente en este método se utilizará el concepto de período de aplicación, duración de aplicación o simplemente duración, como plazo de tiempo durante el cual va a ser válida la composición del tramo móvil.
2. El período de aplicación podrá oscilar en general entre 10 y 20 años, tomándose las cifras menores para el caso de masas deterioradas y con riesgo de inestabilidad. Por otra parte, se recomienda que un rodal no permanezca en regeneración es decir, dentro del tramo móvil un tiempo superior a la mitad de la mayor edad de madurez de las especies principales, lo que equivale a fijar un tope máximo del periodo de aplicación de la cuarta parte de dicha edad de madurez.
3. Una vez elegido el período de aplicación quedará determinada la amplitud de las futuras clases artificiales de edad.
