Articulo 154 Reglamento d... Mercantil

Articulo 154 Reglamento del Registro Mercantil

Ver Indice
»

Artículo 154. Régimen supletorio del nombramiento e inscripción.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En lo no previsto en el artículo anterior y en la medida en que resulte compatible, será de aplicación a los auditores de cuentas lo dispuesto en los artículos 138 y siguientes de este Reglamento.