Articulo 154 Tasas y prec... Andalucía

Articulo 154 Tasas y precios públicos de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 154. Hecho imponible.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios o la realización de actividades administrativas, en materia de gestión del litoral, que se indican a continuación:

a) La tramitación de solicitudes de autorizaciones, concesiones y sus correspondientes modificaciones o prórrogas.

b) Trabajos facultativos de replanteo, comprobación, inspección y reconocimiento final en las obras que se realicen sobre el dominio público marítimo-terrestre.

2. Esta tasa será exigible con independencia de las que se devenguen por otras autorizaciones en materia ambiental.