Articulo 155 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat
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»Artículo 155
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Se modifica el artículo 32, de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que queda redactado como sigue:
«Artículo 32. Servicios esenciales
Pertenecen a los servicios esenciales de intervención, «1·1·2 Comunitat Valenciana», los técnicos de prevención de incendios y gestión de emergencias de la Generalitat, los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento dependientes de las administraciones públicas, los bomberos voluntarios, la unidad de brigadas de emergencia, los técnicos de protección y gestión del medio natural de la Generalitat, los servicios de atención sanitaria de emergencias y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.»
