Artículo 156 cuarto. Tarifas.
Artículo 156 cuarto. Tarifas.
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La tasa se exigirá con arreglo a las siguientes tarifas:
1. Autorizaciones e inscripciones.
Autorización de apertura y funcionamiento de casino: 5.355,00 euros.
Autorización de apertura y funcionamiento de bingo: 2.008,10 euros.
Autorización y/o inscripción de salones de juego y otros establecimientos: 535,50 euros.
Autorización y/o inscripción de otros locales y establecimientos habilitados para instalar máquinas tipo "B?: 40,20 euros.
Renovaciones, modificaciones y transmisiones de las autorizaciones recogidas en los epígrafes anteriores: el 30% del importe de la autorización correspondiente.
Autorización y/o inscripción como empresa de juego: 669,30 euros.
Homologación e inscripción de máquinas tipos «B» y «C»: 401,60 euros.
Homologación e inscripción de otro material de juego: 267,80 euros.
Modificación de la homologación de máquinas y material de juego: el 50% del importe de la autorización correspondiente.
Expedición de guías de circulación (unidad): 6,70 euros.
Diligencia de días de circulación (unidad): 8,10 euros.
Baja temporal o definitiva de máquinas (unidad): 8,10 euros.
Transmisiones de máquinas entre empresas operadoras (por máquina): 8,10 euros.
Autorización de instalación de máquinas incluidas las temporales y cambio de titularidad: 40,20 euros.
Comunicaciones de traslado de máquinas (por cada traslado): 6,70 euros.
Autorización de apuestas, rifas y tómbolas: 66,90 euros.
Autorización del juego de la noventina: 133,90 euros.
2. Otros servicios y actuaciones administrativas:
Expedición de documentos profesionales: 6 €.
Emisión de duplicados de documentos: 3 €.
Diligenciado de libros y hojas exigidos reglamentariamente: 6 €.
Expedición de certificados: 6 €.
Inspección técnica de máquinas recreativas y de azar: 200 €.
- Modificación realizada (156 cuarto (apdo. 1)) por Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015. [Cód. 2014-22510]
(AS de 31-12-2014) en vigor desde 01-01-2015 - Modificación realizada (156 cuarto (apdo. 1)) por Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013. [Cód. 2012-23841]
(AS de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013 - Modificación realizada (156 cuarto (apdo. 1)) por Ley del Principado de Asturias 7/2010, de 29 de octubre, detercera modificación de la Ley del Principado de Asturias3/2001, de 4 de mayo, de Juego y Apuestas.
(AS de 10-11-2010) en vigor desde 11-11-2010 - Artículo modificado (156 cuarto (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de medidas presupuestarias, administrativas y tributarias de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2003.
(AS de 31-12-2002) en vigor desde 01-01-2003
