Artículo 156. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 156.
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Se añade un nuevo apartado 5 al artículo 32 del Decreto 193/2025, de 12 de diciembre, del Consell, de la convivencia en el sistema educativo de la Comunitat Valenciana, que queda como sigue:
Uno. Se debe añadir un nuevo apartado 5 al artículo 32, Deberes del personal docente
«5. Respecto a la neutralidad del centro
Los directivos, los docentes y el consejo escolar del centro educativo deben velar por su neutralidad ideológica en el diseño, aprobación, comunicación a los padres, impartición y control de los contenidos educativos, la programación de actividades y la elección de los libros de texto y otros materiales didácticos, evitando cualquier forma de adoctrinamiento ideológico. También son responsables de los contenidos que puedan impartir personas y colectivos externos al centro.»

