Articulo 156 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
Articulo 156 Reforma del ... Andalucia

Articulo 156 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 156. Subordinación al interés general.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Toda la riqueza de la Comunidad Autónoma, en sus distintas formas y manifestaciones, y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007