Articulo 157 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 157. Criterios de asignación de docencia.
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El Consejo de Departamento, en la coordinación de las enseñanzas y en la asignación de las tareas docentes y evaluación de los estudiantes, tendrá en cuenta preferentemente la pertenencia a los cuerpos docentes, la antigüedad, la especialidad y la formación del profesorado.
